
Delitos de Violencia de Género
Lo delitos de violencia de género han estado en crecimiento durante los últimos años. Cuando ocurren estos eventos tan inapropiados, es fundamental sentirse representado por un abogado penalista, el cual es un especialista en este tipo de casos.
Sobre todo, si el agraviado necesita rendir algún tipo de declaración ante los organismos competentes, se recomienda que esta sea previamente supervisada por un especialista en violencia de género.
Esta materia siempre está en constante actualización, por ello, la ley siempre está sujeta a reformas, sobre todo, considerando que existen algunos procedimientos penales que requieren de mayor cuidado, porque lo que se busca es que los resultados ante cualquier denuncia tengan el éxito esperado.
Concepto de violencia de género
Se llama violencia de género aquel tipo de violencia que se ejecuta sobre la mujer con la cual se ha mantenido una relación de pareja y donde ha habido un lazo de afectividad.
Generalmente, este tipo de violencia deriva de la acumulación de diversas tensiones, hasta convertirse finalmente en un tipo de violencia física o psicológica, abarcando todas sus formas, sobre todo, cuando se produce en los siguientes casos:
- Cuando se afecta de manera negativa el bienestar de la mujer
- Cuando se lesionan de manera directa sus mínimos derechos de libertad, capacidad de decisión y respeto.
Por eso, es imprescindible tener en cuenta algunos parámetros, como son:
- Que cuando existe una relación de noviazgo, esta sea del conocimiento de familiares y amigos, y de todas las personas del entorno de ambas partes.
- El término que debe tener la relación y la frecuencia de los encuentros
- La existencia de relaciones sexuales, a pesar de que no es un elemento definitorio, pudiera ser un indicio revelador que se debe tener en cuenta.
Servicios de asistencia letrada por violencia de género
En España, las estadísticas que existen por delito de violencia de género son numerosas. Esto significa que cuando una persona es víctima de daños corporales o psíquicos, tiene la potestad de llamar a la Comisaría de Policía para denunciar lo ocurrido.
Esta instancia se encargará de trasladar al denunciado para proceder a leerle sus derechos ante la presunta comisión de un delito de violencia de género. 24 horas después, los juzgados sobre la mujer tomarán la declaración correspondiente y si los hechos son considerados de gravedad, se procederá a imponer una orden de alejamiento provisional hasta tanto ocurra la celebración del juicio rápido.
¿Qué contempla la ley de violencia contra la mujer?
En atención a la violencia contra la mujer en España se produjo la Sentencia de Sección 6° de la Audiencia Provincial de Vizcaya en el 2007, número 31 del 22 de enero, la cual cita la Sentencia de la Sección 2° de la Audiencia Provincial de Ávila, número 202/2005 del 20 de diciembre.
Esta sostiene que no debe contradecir que en la relación no hubiese “planes de futuro”, ya que, de ser así, esto pudo responder a diversas causas, que pudieran llegar a ser ajenas a la voluntad de los interesados, como pasa en la realidad social.
Cuando se incluyen estas relaciones de pareja, solo se toman en cuenta las que caracterizan a la relación conyugal, conforme está contemplado en los artículos 67 y 68 del Código Civil, referidos a fidelidad, convivencia, respeto reciproco y socorro mutuo.
Tipos de violencia de género
Entre las violencias de género se encuentran tipificadas las siguientes:
- Violencia física: es aquella agresión directa que suele provocar daños físicos en la persona, estos pueden ser temporales o permanentes.
- Violencia psicológica: en ausencia de agresión física, se opta por el daño psicológico, mediante vejaciones, humillaciones e insultos continuos.
- Violencia sexual: la víctima es obligada a mantener relaciones sexuales de cualquier índole mediante la coacción.
- Violencia patrimonial: esta se presenta con el objeto de causar daño psicológico para someter a la víctima, ya sea mediante la usurpación o destrucción de bienes, propiedades u objetos personales de valor.
- Violencia económica: es un tipo de violencia que consiste en privar de ayuda económica tanto a la pareja como a los hijos, para coaccionarlos y manipularlos.
- Violencia social: es la forma que se usa para separar a la víctima de su familia, amigos o seres allegados, hasta lograr aislarla socialmente y poder ejercer un mayor control sobre ella.
- Violencia vicarial: esta consiste en la amenaza de muerte hacia los hijos, que tenga la víctima, a los fines de ocasionarle un grave daño a nivel psicológico.
Diferencia entre violencia doméstica y violencia de género
La diferencia consiste en que, en la violencia de género se produce una agresión o abuso contra una mujer con la cual se ha mantenido una relación de pareja.
En la violencia doméstica, cualquier familiar o persona que tenga vinculación afectiva con el agresor puede llegar a sufrir de sus malos tratos y de su agresividad, ya se trate de padres, hijos o hermanos.


