
Abogados penalistas expertos en Extradición.
EXTRADICIÓN EN ESPAÑA
La extradición en España se refiere al procedimiento mediante el cual una persona acusada o procesada en un país es reclamada por otro país de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/1985, de 21 de marzo, de Extradición Pasiva.
AMG LAWYERS, bajo la dirección de Don Adrián Marinel Ghita, Doctor en Derecho Penal, que además cuenta con un Máster en Criminología y Derecho Penitenciario, se enorgullece de contar con un líder con experiencia y profundo conocimiento en el ámbito del Derecho Penal.
Nuestro despacho está comprometido en garantizar que se respeten los derechos de nuestros clientes y en explorar vías legales para evitar la extradición, y por lo tanto denegarla o archivarla.
Nuestro equipo de abogados expertos en casos de extradición, ha participado en procedimientos llevados a cabo en la Audiencia Nacional de Madrid. Hemos trabajado en casos relacionados con una amplia gama de países, incluyendo Colombia, Ecuador, Bolivia, Marruecos, Kenia, Dubái, Argelia, Mauritania, Rusia, Ucrania, Rumanía, Israel, EEUU, entre otros. Nuestra dedicación y experiencia nos permiten ofrecer un asesoramiento y representación legal de la más alta calidad en asuntos de extradición. Estamos aquí para defender sus derechos y luchar por su justicia.
Requisitos Formales para Solicitar la Extradición
Para iniciar el proceso de extradición, es fundamental cumplir con ciertos requisitos formales. La extradición solo puede ser propuesta cuando se ha emitido un auto motivado de prisión o cuando existe una sentencia firme en curso contra el acusado. Esta condición es esencial para que el proceso de extradición tenga lugar.
Clases de Extradición
Existen dos categorías principales de extradición:
Extradición Activa
La extradición activa se refiere a los casos en los cuales el Estado español solicita la entrega de un individuo, ya sea ciudadano español o extranjero, que se encuentra fuera de sus fronteras. Esta solicitud generalmente se produce cuando se busca que la persona sea juzgada en España de acuerdo con la legislación española por la comisión de un delito tipificado en el Código Penal español. En este contexto, se habla de extradición activa (artículos 824 a 833 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).
La solicitud de extradición por parte del Estado español se lleva a cabo mediante un proceso formal que implica una solicitud de suplicatorio. Este proceso es generalmente gestionado a través de la Audiencia Nacional y el Ministerio de Asuntos Exteriores español.
Extradición pasiva
La extradición pasiva es un procedimiento mediante el cual un tercer país solicita a España la entrega de una persona para que pueda ser juzgada o cumpla una condena en el país donde se cometió el delito.
En defensa de los intereses de la persona sujeta a extradición, es esencial contar con un abogado especializado en casos de extradiciones.
Hechos que pueden dar lugar a la solicitud de extradición
La extradición puede ser concedida en base a los siguientes hechos:
- Cuando las leyes españolas y las del país requirente establezcan una pena o medida de seguridad con una duración no inferior a un año de privación de libertad en su grado máximo o una pena más grave.
- Cuando la solicitud tenga como objetivo el cumplimiento de una condena a una pena o medida de seguridad que no sea inferior a cuatro meses de privación de libertad por hechos también tipificados en la legislación española.
Si la solicitud de extradición se basa en una sentencia dictada en rebeldía del individuo requerido y esa pena no puede ser impuesta según la legislación española, el acuerdo de extradición también puede aplicarse a aquellas penas de menor gravedad.
Solicitud de extradición
La extradición se concede bajo la condición de que la Representación Diplomática del país requirente en España ofrezca garantías suficientes de que el individuo requerido será sometido a un nuevo juicio en el que estará presente y debidamente defendido.
Documentos que deben acompañar la solicitud de extradición
La solicitud de extradición debe realizarse a través de canales diplomáticos o mediante un escrito del Ministro de Justicia del país requirente dirigido al Ministro de Justicia español. Esta solicitud debe incluir:
- La sentencia condenatoria o el auto de procesamiento y prisión, o una resolución similar, de acuerdo con la legislación del país requirente. Debe contener un resumen de los hechos y la fecha y el lugar en que ocurrieron.
- Todos los datos conocidos sobre la identidad, nacionalidad y residencia del individuo requerido, así como, si es posible, su fotografía y huellas dactilares.
- Una copia de los textos legales que establecen la pena aplicable.
- Si el delito está castigado con una de las penas mencionadas en el artículo 4, el Estado requirente debe ofrecer garantías suficientes, a juicio del Gobierno Español, de que esas penas no serán ejecutadas.
Todos estos documentos, ya sea en su versión original o en copia autenticada, deben ir acompañados de una traducción oficial al español
CAUSAS QUE IMPIDEN LA EXTRADICION:
- Delitos de carácter político, excluyendo los delitos de terrorismo.
- Delitos o crímenes contra la Humanidad definidos por el Convenio para la Prevención y Penalización del Crimen de Genocidio de las Naciones Unidas, así como el atentado contra la vida de un Jefe de Estado o un miembro de su familia.
- Delitos militares conforme a la legislación española, teniendo en cuenta lo establecido en los Convenios Internacionales ratificados por España.
- Delitos cometidos a través de medios de comunicación social en el ejercicio de la libertad de expresión.
- Delitos que solo son perseguibles a instancia de parte, con excepción de los delitos de violación, estupro, rapto y abusos deshonestos.
- Juzgamiento por un Tribunal de Excepción.
- Extinción de la responsabilidad criminal según la legislación española o del Estado requirente.
- Juzgamiento o proceso en curso en España por los mismos hechos que fundamentan la solicitud de extradición, salvo decisiones de no persecución o terminación del proceso sin sobreseimiento o equivalente.
- Falta de garantía por parte del Estado requirente de que la persona reclamada no será ejecutada o sometida a penas que atenten contra su integridad corporal o impliquen tratos inhumanos o degradantes.
- Insuficiencia de las garantías exigidas por el Estado requirente.
- Reconocimiento de la condición de asilado por parte de la persona reclamada. La falta de reconocimiento de la condición de asilado, independientemente de su causa, no obstaculiza la denegación de la extradición por cualquiera de las razones establecidas en esta ley.
Además, la extradición también puede ser denegada si existen razones fundadas para creer que la solicitud de extradición, motivada por un delito de naturaleza común, tiene como objetivo perseguir o castigar a una persona debido a su raza, religión, nacionalidad u opiniones políticas, o si la situación de la persona corre el riesgo de agravarse por tales motivos.
MENORES DE EDAD– cuando la persona requerida sea menor de dieciocho años al momento de la solicitud de extradición y tenga residencia habitual en España, se puede considerar que la extradición podría obstaculizar su reinserción social, sin perjuicio de tomar las medidas más adecuadas en coordinación con las autoridades del Estado requirente.
Detención Preventiva del Extraditado
Cuando se requiere una detención preventiva como medida urgente, se debe especificar claramente en la solicitud que esta medida es resultado de una sentencia condenatoria o un mandato de detención firme. La solicitud debe incluir detalles sobre la fecha y los hechos que motivan la detención, así como la ubicación y la filiación de la persona cuya detención se solicita. Además, se debe ofrecer presentar inmediatamente una demanda de extradición.
Procedimiento de la Detención Preventiva del Extraditado:
La solicitud de detención preventiva puede enviarse por correo postal, telegrama u otro medio que deje constancia escrita. Puede ser remitida tanto por vía diplomática como directamente al Ministerio de Justicia, o a través de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol). Si la solicitud contiene todas las circunstancias necesarias, se procederá a la detención de la persona reclamada. Esta persona será puesta a disposición del Juzgado Central de Instrucción de guardia en un plazo que no excederá las veinticuatro horas. El juez decidirá si es apropiado ordenar la prisión provisional, la cual será revocada si el país requirente no presenta la solicitud de extradición de manera formal en un plazo máximo de cuarenta días.
En la mayoría de los casos, la DETENCIÓN se considera un paso previo en el proceso de extradición ordinario, que generalmente comienza con la presentación de la documentación extradicional al país requerido.
Plazo de Detención del Extraditable:
El período de detención del extraditable se encuentra sujeto a un plazo establecido en los Convenios, que suele ser de 40 días (40 días en el Convenio Europeo y en la mayoría de los acuerdos bilaterales). Este plazo es de 45 días en los Tratados de Extradición suscritos por España con Estados Unidos y México, y de 60 días en el caso del Tratado de Extradición con Corea, entre otros.
Al término de este período, si el país requirente no ha presentado la solicitud de extradición de manera formal, la persona detenida será puesta en libertad.
Decreto de Libertad del Extraditable
El Juez tiene la facultad de ordenar la libertad del detenido en cualquier momento, teniendo en cuenta las circunstancias del caso. Para evitar la fuga del individuo, se pueden aplicar una o varias de las siguientes medidas:
- Vigilancia en su lugar de residencia.
- Prohibición de abandonar un lugar específico sin autorización judicial.
- Obligación de presentarse periódicamente ante la autoridad designada por el Juez.
- Retirada del pasaporte y requerimiento de una fianza.
El incumplimiento de estas medidas resultará en prisión provisional dentro del plazo establecido previamente.
Es importante destacar que la liberación, con o sin medidas alternativas a la prisión provisional, no impedirá una futura detención ni la extradición si la solicitud correspondiente se presenta después de la expiración del plazo mencionado previamente. En todos los casos, se notificará al país reclamante las resoluciones adoptadas, especialmente la detención y el plazo en el cual se debe presentar la solicitud de extradición.
Extradición Solicitada por Varios Estados
Cuando se han presentado solicitudes de extradición por parte de varios Estados, ya sea por el mismo delito o por delitos diferentes, la decisión sobre cuál solicitud atenderá el Gobierno y, en su caso, sobre la entrega del individuo requerido, se tomará considerando todas las circunstancias pertinentes. Estas consideraciones incluyen la existencia o ausencia de un tratado de extradición, la gravedad relativa y el lugar de comisión del delito, las fechas de las solicitudes respectivas, la nacionalidad de la persona requerida y la posibilidad de una extradición posterior a otro Estado.
Resolución Denegatoria de la Extradición
Cuando la resolución que deniega la extradición se vuelve firme, el Tribunal procederá sin demora a enviar un testimonio de la misma al Ministerio de Justicia. A su vez, el Ministerio de Justicia lo comunicará al Ministerio de Asuntos Exteriores para su notificación a la Representación Diplomática del país que formuló la solicitud de extradición.
Si el Gobierno decide denegar la extradición de acuerdo con el párrafo segundo del artículo 6 de la ley de extradición pasiva, el Ministerio de Justicia informará al Tribunal para que ordene la liberación inmediata de la persona requerida, sin perjuicio de su posible expulsión de España de conformidad con las leyes de extranjería. Además, esta información se transmitirá al Ministerio de Asuntos Exteriores para su notificación a la Representación Diplomática que presentó la solicitud de extradición.
Procedimiento Judicial de Extradición
Si el Tribunal emite un auto declarando procedente la extradición, enviará inmediatamente un testimonio de este auto al Ministerio de Justicia.
El Gobierno tomará la decisión de entregar a la persona requerida o denegar la extradición.
El Tribunal también notificará las instrucciones que considere pertinentes, ya sea de oficio o a solicitud del representante diplomático, con respecto a la entrega de la persona requerida y la duración de su privación de libertad con fines de extradición, la cual será considerada como parte del tiempo de cumplimiento de la condena.
Una vez acordada la entrega de la persona requerida para la extradición, el Ministerio de Justicia notificará esta decisión al Ministerio de Asuntos Exteriores, con el propósito de que se comunique a la representación diplomática del país que formuló la solicitud de extradición. Además, se informará a la persona requerida de extradición acerca de esta resolución.
Ausencia de tratado de extradición
En situaciones en las que no existe un tratado de extradición previo entre España y otro país, se realiza una investigación exhaustiva en los archivos pertinentes para determinar si existen registros de solicitudes de extradición previas entre las naciones involucradas. En ausencia de un tratado, la Constitución española, en su artículo 13.3, establece que se aplicará la ley con base en el principio de reciprocidad. Este principio complementa la ley vigente, que actualmente se encuentra definida en la Ley 4/1985 del 21 de marzo, relativa a la extradición pasiva. El artículo 1 de esta ley establece que en ausencia de un tratado, «las condiciones, procedimientos y efectos de la extradición pasiva se regirán por esta Ley» y subraya que «la extradición solo se concederá en función del principio de reciprocidad».
En todos los casos, el proceso de extradición en España sigue un procedimiento contradictorio con el fin de verificar la legalidad y pertinencia de la solicitud de extradición.
Convenios de Extradición con España
España ha firmado tratados bilaterales y multilaterales de extradición con numerosos países, tanto dentro como fuera de la Unión Europea. Estos tratados incluyen disposiciones específicas que deben cumplirse y que no pueden contravenir el orden público de la legislación española. A continuación, se mencionan algunos de los países con los que España ha suscrito tratados de extradición:
- Argentina
- Australia
- Bolivia
- Brasil
- Canadá
- China
- Colombia
- Ecuador
- El Salvador
- Emiratos Árabes Unidos
- Estados Unidos
- Guatemala
- Honduras
- Marruecos
- México
- Nicaragua
- Paraguay
- Perú
- República Dominicana
- Rusia
- Sudáfrica
- Venezuela
- Y otros países.
Países sin convenio de extradición con España
En contraste, hay países con los que España no ha establecido tratados de extradición. Esto significa que la extradición a estos países no está regulada por acuerdos bilaterales o multilaterales específicos. Algunos de estos países incluyen:
- Angola
- Arabia Saudita
- Bahamas
- Bangladesh
- Camboya
- Chad
- Corea del Norte
- Egipto
- Irán
- Islas Seychelles
- Jamaica
- Jordania
- Kenia
- Kuwait
- Líbano
- Libia
- Myanmar
- Pakistán
- Siria
- Tailandia
- Uzbekistán
- Yemen
- Zambia
- Y muchos otros.
Es importante destacar que esta lista no es exhaustiva y que la disponibilidad de un tratado de extradición puede cambiar con el tiempo a medida que se firman nuevos acuerdos entre países.
Convenio de Extradición entre EE. UU. y España
Cuando se otorga la extradición por un delito que da lugar a la misma, también deberá concederse por cualquier otro delito especificado en la solicitud, incluso si este último delito es castigado con una pena privativa de libertad inferior a un año, siempre que se cumplan los demás requisitos exigidos para la extradición.
Si el delito por el cual se solicita la extradición puede ser castigado con la pena de muerte según la legislación del país requirente y no es punible con la pena de muerte según la legislación del país requerido, este último país puede conceder la extradición con la condición de que no se imponga la pena de muerte a la persona en cuestión. En caso de que, por motivos de procedimiento del país requirente, no se puedan imponer tales condiciones, la extradición se concederá con la condición de que, si se impone la pena de muerte, esta no se llevará a cabo.
La Parte Requirente está obligada a cumplir con las condiciones establecidas en este artículo si acepta la extradición en tales términos. En caso de que la Parte Requirente no acepte las condiciones, la solicitud de extradición puede ser denegada.
Entre los 26 Tratados bilaterales ratificados por España, la mayoría se han establecido con países americanos, como los mencionados anteriormente. Iniciando con Canadá y Estados Unidos, y continuando con naciones latinoamericanas como Brasil, así como todos los países hispanoamericanos, incluyendo Argentina, México, Perú, Venezuela, Colombia, Uruguay, Paraguay, Cuba, Bolivia y Ecuador. Sin embargo, cabe señalar dos excepciones en la región centroamericana: Nicaragua, que parece estar en proceso de Canje de los Instrumentos de Ratificación, y Honduras, donde las negociaciones están en una etapa inicial.
Estos tratados bilaterales también abarcan una amplia gama de países de diferentes continentes, incluyendo Estados de Oceanía, como Australia; naciones africanas, como Marruecos y Liberia; y países asiáticos, como Corea. Además, algunos tratados se han establecido con naciones europeas que no forman parte del Convenio europeo, como Mónaco y Yugoslavia.
En AMG LAWYERS, nuestra amplia experiencia y el exitoso historial de casos que hemos manejado nos respaldan en este sector.
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