
Penalistas expertos en Delitos Económicos, Contra el Patrimonio y el Orden Socioeconómico
Los penalistas expertos en delitos económicos en Madrid están muy bien posicionados en cuanto a experiencia y actuación, ya que son profesionales conocedores de la materia y, sobre todo, lo que se encuentra tipificado en el Título XIII del Código Penal.
El delito económico se define como todos aquellos actos delictivos que son cometidos a través de engaño, cuyo objetivo es obtener un beneficio propio, ocasionando perjuicios a terceros.
Entre estos delitos destacan; la apropiación indebida de activos, la estafa, la corrupción, la manipulación contable, el soborno, el fraude fiscal, el blanqueo de dinero y la posición con excesivo abuso de mercado.
Son delitos que debido a la gravedad y al perjuicio patrimonial que ocasionan, siempre van a generar una responsabilidad penal, la cual queda al margen de la responsabilidad civil también derivada del delito. Estos delitos se encuentran regulados en los artículos 234-304 del Código Penal.
Asesoría legal
En cuanto a la asesoría y asistencia legal, si se quiere obtener un resultado positivo, de acuerdo al caso, se deben cumplir los siguientes pasos:
- Se recomienda poseer una debida atención profesional, preferiblemente personalizada.
- Que esta asesoría o asistencia sea permanente durante todo el proceso judicial.
- Que se cuente con el abogado experto penalista en el momento que se le requiere.
- Que haya absoluta confidencialidad
Especialistas en delitos socioeconómicos
En su generalidad, los especialistas en delitos socioeconómicos son profesionales que cuentan con una amplia trayectoria y que han logrado resolver múltiples procesos referidos a la materia.
Estos profesionales están capacitados para actuar en procesos de defensa o de acusación, según lo tipificado en el Código Penal. También ofrecen asesoramiento completo en la prevención del delito o en el caso de que este ya se hubiere cometido o si llegaras a ser víctima de ello.
Definición de los delitos económicos
Dentro del área penal se han recrudecido los casos de delitos económicos, los cuales están tipificados desde el artículo 234 al artículo 304 del Código Penal, en el Titulo XIII, los cuales se denominan como “Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico”.
Cabe señalar que este título está conformado por 14 capítulos, los cuales tratan diferentes tipos de delitos económicos, cada uno de ellos con sus propios elementos y consecuencias jurídicas.
Estos tipos de delitos deberán ser sentenciados por los juzgados competentes y los tribunales penales, atendiendo a lo estipulado en el derecho penal económico, ya que estos pueden ser cometidos tanto por personas físicas, como por personas jurídicas, entiéndase sociedades o empresas.
Son actos delictivos que tienen como característica el ánimo de lucro, lo cual significa que quien lo comete solo persigue la obtención de un beneficio patrimonial, ya sea para sí mismo o para un tercero, donde siempre se ocasiona un perjuicio a otra persona.
El Código Penal, al tipificar este tipo de conductas delictivas, lo que persigue es la garantía y protección del patrimonio, que es entendida como el conjunto de derechos y obligaciones que son susceptibles de valoración económica y que pertenecen a un particular, a una persona jurídica o a un ente público.


